Procedimiento por el cual se declara ante el Ayuntamiento que una vivienda existente en el suelo urbano, urbanizado, del municipio de Vilamarxant cumple con la normativa de habitabilidad que le es de aplicación con carácter previo a la segunda o posterior ocupación de la misma.
Este documento es necesario para la contratación de los servicios de suministro propios de una vivienda, posterior a la inicial ocupación de la misma.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una comunicación previa (declaración responsable), o la no presentación ante la administración competente de la misma, determinará la imposibilidad de ocupar el inmueble desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
La declaración responsable sólo se tendrá por efectuada desde la fecha en que se presente la solicitud junto con la documentación completa en las oficinas del registro, habilitando desde ese momento al uso del inmueble de que se trate, teniendo la misma una vigencia de 10años.
La presentación de la declaración responsable se entiende sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección posterior que tengan atribuidas las administraciones públicas y no faculta en ningún caso para ejercer actuaciones o usos contrarios a la legislación urbanística y demás normativa vigente.
Este procedimiento es aplicable a los supuestos del artículo 6 del DECRETO 12/2021, de 22 de enero, del Consell de regulación de la declaración responsable para la primera ocupación y sucesivas de viviendas.
Será objeto de declaración responsable el segundo o posterior acto de ocupación de las viviendas.
Las declaraciones responsables reguladas en dicho decreto deberán renovarse transcurridos 10 años desde la obtención de la primera ocupación, cuando concurra una de las siguientes circunstancias:
a) Cada vez que se produzca la segunda o posteriores transmisiones de la propiedad.
b) Cuando sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua de consumo humano, gas o electricidad (no se considerará nuevo contrato de suministro cuando el titular cambie de compañía suministradora).
NO PROCEDE la segunda o posterior ocupación en el caso de viviendas que carecen de la preceptiva licencia urbanística en cualquier tipo de suelo. No obstante, las edificaciones preexistentes al 20 de agosto de 2014, ubicadas en suelo urbano desarrollado que cuenten con sistema de evacuación y tratamiento de aguas residuales o, en su defecto, sistema de depuración de aguas residuales acceso rodado y abastecimiento de agua potable y en las que sea compatible el uso y la edificación con el planeamiento urbanístico, podrán formular la declaración responsable de ocupación.
El importe de la TASA se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:
→ TASA vivienda(1):
Si se desconoce la SU, se obtendrá utilizando el siguiente cálculo: SU = SC x 0,80 (SC = superficie construida)
→ En caso de inmueble con plazas de garaje se fija una cuota de 10,00€/plaza
El pago deberá realizarse mediante autoliquidación por ingreso o transferencia en cualquiera de las siguientes entidades bancarias colaboradoras en la gestión recaudatoria de este Ayuntamiento:
En el documento de pago se indicará lo siguiente:
Concepto: ............................. : DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA SEGUNDA Y POSTERIOR OCUPACIÓN
Ordenante (nombre del solicitante): _________________________________________________________________________________
Importe TASA ....................... : ___________________________________________________________________________________
Se podrá presentar la solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
REGISTRO DE ENTRADA del AYUNTAMIENTO DE VILAMARXANT:
Horario de verano (junio-septiembre inclusive) de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes
Horario de invierno (octubre-mayo inclusive) de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y jueves tarde de 16:00 a 18:00 horas
Se podrá presentar la documentación requerida por la sede electrónica (https://vilamarxant.sedipualba.es ->"Catálogo de trámites")