Procedimiento a través del cual el interesado, una vez concluidas las obras de nueva construcción, viviendas nuevas resultantes de obras de reforma, ampliación y rehabilitación, así como aquellas resultantes de obras realizadas en edificaciones existentes que suponen una modificación esencial, en los términos de la legislación de ordenación de la edificación, respecto a las condiciones por las cuales se obtuvo la ocupación anterior y con independencia del tiempo transcurrido desde su obtención.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una comunicación previa (declaración responsable), o la no presentación ante la administración competente de la misma, determinará la imposibilidad de ocupar el inmueble desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
La declaración responsable sólo se tendrá por efectuada desde la fecha en que se presente la solicitud junto con la documentación completa en las oficinas del registro, habilitando desde ese momento al uso del inmueble de que se trate, teniendo la misma una vigencia de 10años.
La presentación de la declaración responsable se entiende sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección posterior que tengan atribuidas las administraciones públicas y no faculta en ningún caso para ejercer actuaciones o usos contrarios a la legislación urbanística y demás normativa vigente.
→ EN TODOS LOS CASOS:
→ En caso de intervención total en edificaciones catalogadas o con protección histórico-artístico o ambiental o parciales que afectan a elementos protegidos (a.1.3), ADEMÁS:
DOCUMENTOS QUE LA PERSONA PROMOTORA MANIFIESTA DISPONER Y QUE PODRÁN SER REQUERIDOS PARA SU COMPROBACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN
→ En caso de edificación plurifamiliar, ADEMÁS:
El importe de la TASA se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:
→ TASA vivienda(1):
Si se desconoce la SU, se obtendrá utilizando el siguiente cálculo: SU = SC x 0,80 (SC = superficie construida)
→ En caso de inmueble con plazas de garaje se fija una cuota de 10,00€/plaza :
El pago deberá realizarse mediante autoliquidación por ingreso o transferencia en cualquiera de las siguientes entidades bancarias colaboradoras en la gestión recaudatoria de este Ayuntamiento:
En el documento de pago se indicará lo siguiente:
Concepto: ............................. : DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LA PRIMERA OCUPACIÓN DE VIVIENDAS
Ordenante (nombre del solicitante): ________________________________________________________________________________
Importe TASA ....................... : ______________________________________________________________________________________
Se podrá presentar la solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
REGISTRO DE ENTRADA del AYUNTAMIENTO DE VILAMARXANT:
Horario de verano (junio-septiembre inclusive) de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes
Horario de invierno (octubre-mayo inclusive) de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y jueves tarde de 16:00 a 18:00 horas
Se podrá presentar la documentación requerida por la sede electrónica (https://vilamarxant.sedipualba.es ->"Catálogo de trámites")