Se precisa licencia de edificación para realizar cualquier construcción de nueva planta (viviendas y naves, garajes, etc), así como para su reconstrucción, sustitución, ampliación, rehabilitación o cambio de uso de un inmueble. Asimismo, se precisa licencia de edificación para la demolición de las edificaciones.
■ EN TODOS LOS CASOS:
- (•) Para obras de NUEVA planta o ELEVACIÓN de planta:
PRE-SOLICITUD para la autorización de la AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AEREA (AESA) en materia de SERVIDUMBRES AERONAUTICAS desde la sede electrónica de AESA → www.seguridadaerea.gob.es
■ EN CASO DE INTERVENIR SOBRE EDIFICACIÓN EXISTENTE (habilitación, elevación de planta(s), ADEMÁS:
■ EN CASO DE OBRAS/INSTALACIONES QUE AFECTEN EL SUBSUELO (apertura de todo tipo de ZANJAS), ADEMÁS:
■ EN CASO DE ACTUACIONES EN SUELO NO URBANIZABLE (SNU) QUE SI REQUIERAN PROYECTO ARQUITECTÓNICO, ADEMÁS:
■ EN CASO DE LICENCIAS DE EDIFICACIÓN INCLUIDAS EN EL NÚCLEO HISTÓRICO TRADICIONAL, ADEMÁS:
■ EN CASO DE SER NECESARIA LA UTILIZACIÓN TORRE-GRÚA QUE NO OCUPE O SOBREVUELE LA VÍA PÚBLICA, ADEMÁS:
a. ) Plano que identifique su ubicación, con áreas de barrido de la pluma
b. ) Póliza de seguro por responsabilidad civil con una cobertura MÍNIMA de 300.000 euros, vigente al momento del montaje, funcionamiento, desmontaje y su estancia en obra (cuantía revisable y actualizable según IPC)
c. ) Certificado del correcto estado de conservación y disposición óptima para su funcionamiento
d.) Certificado de correcta instalación (deberá aportarse una vez realizada la instalación de la grúa)
Se advierte que el carro del que cuelga el gancho de la grúa no debe rebasar el área del solar de la obra. Si el área de funcionamiento del brazo rebasase el espacio acotado por la valla de las obras, deberá hacerse constar en la solicitud, habiéndose de tener especial cuidado con los posibles contactos con líneas de conducción de electricidad.
NOTA.- En caso de ocupar o sobrevolar la vía pública, deberá cumplimentarse la correspondiente solicitud de utilización privativa de dominio público.
■ EN SOLICITUDES DE LICENCIA DE OBRA EN LA URBANIZACIÓN, ADEMÁS:
Los importes para el pago de la tasa y del impuesto por construcciones, instalaciones y obras (ICIO) se obtendrán aplicando el siguiente cálculo:
Los porcentajes que se indican (0,3% para la tasa y 3,7% para el ICIO) se calcularán sobre el importe consignado en la casilla de PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL (PEM):
El pago deberá realizarse mediante autoliquidación por ingreso o transferencia en cualquiera de las siguientes entidades bancarias colaboradoras en la gestión recaudatoria de este Ayuntamiento:
En el documento de pago se indicará lo siguiente:
Concepto: .................................... : __ _LICENCIA URBANÍSTICA DE EDIFICACIÓN_____
Ordenante (nombre del solicitante) : __________________________________________________________
(1)Importe(s) TASA ....................... : _TASA:________________ _ICIO:__________________________
(1) El pago de los importes se realizará en dos ingresos diferenciados por su concepto: |TASA| |ICIO|
Se podrá presentar la solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
REGISTRO DE ENTRADA del AYUNTAMIENTO DE VILAMARXANT:
Horario de verano (junio-septiembre inclusive) de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes
Horario de invierno (octubre-mayo inclusive) de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y jueves tarde de 16:00 a 18:00 horas
Se podrá presentar la documentación requerida por la sede electrónica (https://vilamarxant.sedipualba.es → "Catálogo de trámites")