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URB_018_DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA SEGUNDA Y POSTERIOR OCUPACIÓN DE VIVIENDA

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URB_018_DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA SEGUNDA Y POSTERIOR OCUPACIÓN DE VIVIENDA

1. OBJETO DEL TRÁMITE:

Procedimiento por el cual se declara ante el Ayuntamiento que una vivienda existente en el suelo urbano, urbanizado, del municipio de Vilamarxant cumple con la normativa de habitabilidad que le es de aplicación con carácter previo a la segunda o posterior ocupación de la misma.

Este documento es necesario para la contratación de los servicios de suministro propios de una vivienda, posterior a la inicial ocupación de la misma.

EFECTOS DE LA DECLARACIÓN RESPONSABLE

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una comunicación previa (declaración responsable), o la no presentación ante la administración competente de la misma, determinará la imposibilidad de ocupar el inmueble desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

La declaración responsable sólo se tendrá por efectuada desde la fecha en que se presente la solicitud junto con la documentación completa en las oficinas del registro, habilitando desde ese momento al uso del inmueble de que se trate, teniendo la misma una vigencia de 10años.

La presentación de la declaración responsable se entiende sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección posterior que tengan atribuidas las administraciones públicas y no faculta en ningún caso para ejercer actuaciones o usos contrarios a la legislación urbanística y demás normativa vigente.

OBSERVACIONES

Este procedimiento es aplicable a los supuestos del artículo 6 del DECRETO 12/2021, de 22 de enero, del Consell de regulación de la declaración responsable para la primera ocupación y sucesivas de viviendas.

Será objeto de declaración responsable el segundo o posterior acto de ocupación de las viviendas.

Las declaraciones responsables reguladas en dicho decreto deberán renovarse transcurridos 10 años desde la obtención de la primera ocupación, cuando concurra una de las siguientes circunstancias:

a) Cada vez que se produzca la segunda o posteriores transmisiones de la propiedad.

b) Cuando sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua de consumo humano, gas o electricidad (no se considerará nuevo contrato de suministro cuando el titular cambie de compañía suministradora).

NO PROCEDE la segunda o posterior ocupación en el caso de viviendas que carecen de la preceptiva licencia urbanística en cualquier tipo de suelo. No obstante, las edificaciones preexistentes al 20 de agosto de 2014, ubicadas en suelo urbano desarrollado que cuenten con sistema de evacuación y tratamiento de aguas residuales o, en su defecto, sistema de depuración de aguas residuales acceso rodado y abastecimiento de agua potable y en las que sea compatible el uso y la edificación con el planeamiento urbanístico, podrán formular la declaración responsable de ocupación.

 

2. DOCUMENTACIÓN A APORTAR:

Formulario cumplimentado de DECLARACIÓN RESPONSABLE DE SEGUNDA Y POSTERIOR OCUPACIÓN DE VIVIENDA
■ En caso de sociedad mercantil, documento público ante notario que acredite la representación de quien suscribe la declaración responsable o, en caso de personas físicas, documento acreditativo de la representación
■ Certificado emitido por facultativo competente según modelo del ANEXO 1 
■ Declaración responsable como técnico competente según modelo del ANEXO 2
■ Libro del Edificio correspondiente, cuando así venga exigido por la normativa de aplicación (viviendas ejecutadas a partir de junio de 2011 según CIRCULAR INTERPRETATIVA 02/2025)
■ Informe de evaluación del edificio, cuando así venga exigido por la normativa de aplicación (viviendas de más de 50 años según datos catastrales)
■ Acreditación del abono de la tasa municipal correspondiente, de acuerdo con la ordenanza fiscal

 

3. Cálculo de la tasa y FORMAS DE PAGO:

El importe de la TASA se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:

Cálculo de la TASA 

TASA vivienda(1):

M(2) (M=1137) x S(3) x 0,00025= ___________€
  • (1) La tasa mínima por vivienda o local será de 20,00 €  
  • (2) "M" módulo precio máximo de venta por m² de la vivienda de protección oficial régimen especial
  • (3) "SU" superficie útil de vivienda / local

Si se desconoce la SU, se obtendrá utilizando el siguiente cálculo: SU = SC x 0,80 (SC = superficie construida)

→ En caso de inmueble con plazas de garaje se fija una cuota de 10,00€/plaza

número de plazas____ x 10,00€ plaza = ___________€

Pago de la TASA

El pago deberá realizarse mediante autoliquidación por ingreso o transferencia en cualquiera de las siguientes entidades bancarias colaboradoras en la gestión recaudatoria de este Ayuntamiento:

  • LA CAIXA ......................................  ES35 2100 7488 87 2200006241
  • CAJA RURAL DE CHESTE ............  ES61 3121 2366 19 2732000038
  • CAJAMAR .....................................  ES29 3058 2264 14 2732000018

En el documento de pago se indicará lo siguiente:

Concepto: ............................. :              DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA SEGUNDA Y POSTERIOR OCUPACIÓN  

Ordenante (nombre del solicitante):  _________________________________________________________________________________

Importe TASA ....................... :  ___________________________________________________________________________________

 

4. FORMAS DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIA:

  • PRESENCIAL

Se podrá presentar la solicitud en las oficinas de registro del Ayuntamiento o cualquier otra de las previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

REGISTRO DE ENTRADA del AYUNTAMIENTO DE VILAMARXANT:

Horario de verano (junio-septiembre inclusive) de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes

Horario de invierno (octubre-mayo inclusive) de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y jueves tarde de 16:00 a 18:00 horas 

  • ONLINE

Se podrá presentar la documentación requerida por la sede electrónica (https://vilamarxant.sedipualba.es ->"Catálogo de trámites") 

 

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
AYUNTAMIENTO DE VILAMARXANT - P4625800J
Avenida 2 de Mayo 1
46191 Vilamarxant (Valencia)
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